Qué pasará mañana
Actividades que quedan prohibidas el día del CENSO

Según el artículo 2 de la Ley 24.254, el día que se realiza el censo "quedan prohibidas hasta las veinte (20) horas, las funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y en general toda clase de espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos”.
Además, tampoco podrán abrir hasta el mismo horario los siguientes negocios:
• Restaurantes
• Bares
• Confiterías
• Casas de expendio de bebidas y similares
• Rotiserías
• Panaderías y todo comercio de venta de artículos alimenticios y de bebidas.
En cambio, sí podrán permanecer abiertos prestando servicios comercios e instituciones como:
• Hospitales
• Centros de salud
• Estaciones de servicio
• Farmacias, entre otros.