La ordenanza que había planteado el bloque de Juntos por el Cambio, específicamente Ávila, de generar una nueva Secretaría de Turismo, y que fue votada por una parte del concejo deliberante, finalmente hoy fue desestimada por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
Foto: archivo
El Tribunal se comunicó con el municipio para remarcar cuáles son los motivos por los que el ámbito deliberativo no puede traspasar sus facultades, que son los siguientes:
El Concejo Deliberante no puede atriburse responsabilidades que son del Gobierno Municipal que es elegido en elecciones ejecutivas.
Tampoco puede generar gastos económicos que luego tiene que afrontar el municipio con su presupuesto.
De igual manera, no puede generar cambios en el organigrama de funcionarios, competencia que es únicamente y exclusiva del Intendente del municipio.
Acompaña el informe, con jurisprudencia, ejemplos y casos de otros municipios donde también el funcionamiento de una parte del Concejo deliberante fue erróneo, se excedió en sus competencias y rompió las reglas.
Fuente: Municipalidad de Tres Arroyos
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